El marco regulatorio vigente y avalado por el Consejo de Estado permite al Ejecutivo impulsar yacimientos no convencionales, mientras el Legislativo tramita un proyecto de prohibición impulsado por la gestión anterior.
La administración de Abelardo De la Espriella evalúa utilizar el fracking como herramienta para fortalecer la producción de hidrocarburos, la seguridad energética y las finanzas públicas en Colombia. A pesar de que el 20 de julio de 2026 el gobierno saliente de Gustavo Petro radicó en el Senado el Proyecto de Ley 011 para prohibir la exploración y producción en yacimientos no convencionales, el país no cuenta con una norma legal que impida esta técnica.
Según el análisis del jurista José Vicente Zapata, del bufete Holland & Knight, el marco normativo para yacimientos no convencionales sigue vigente bajo el Decreto 3004 de 2013 y la Resolución 90341 de 2014 del Ministerio de Minas y Energía. La validez de ambas reglamentaciones fue ratificada por el Consejo de Estado en una sentencia dictada el 7 de julio de 2022, la cual denegó las pretensiones de anulación al determinar que se trataba de reglamentos técnicos válidos dentro del ordenamiento jurídico.
Debido a esta estructura legal, el Poder Ejecutivo no requiere de una nueva ley tramitada en el Congreso para reactivar la actividad. No obstante, el inicio de operaciones comerciales requiere surtir un proceso administrativo de cuatro fases: reactivar los instrumentos regulatorios vigentes, incorporar desarrollo científico reciente, actualizar los requisitos técnicos, ambientales y sociales, y tramitar las autorizaciones ante la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).
El presidente De la Espriella y su designado ministro de Ambiente, Fabio Arjona, condicionaron el desarrollo de esta técnica al cumplimiento riguroso del marco normativo ambiental. La postura oficial excluye la intervención en páramos, áreas protegidas o ecosistemas sensibles. Según precisó Arjona, el potencial de fracking se limita al 2% del territorio nacional y requerirá la supervisión de la ANLA, licencias ambientales, permisos sectoriales, participación ciudadana y procesos de consulta previa con comunidades étnicas en los casos que corresponda.
A la par de la tramitación del proyecto de prohibición en el Congreso, especialistas del sector señalan que una reactivación del fracking por vía reglamentaria enfrentará eventuales litigios judiciales de sectores opositores, fijando los principales márgenes de tiempo en los procesos de licenciamiento, consultas comunitarias y evaluaciones de impacto ambiental.




