Corte Suprema falló a favor de YPF en un conflicto impositivo con Chubut

El máximo tribunal de la Nación limitó la potestad de la provincia para aplicar el impuesto sobre los Ingresos Brutos a la totalidad del crudo extraído, sentando un precedente clave para el comercio interprovincial.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó un fallo unánime a favor de la petrolera YPF, al rechazar la pretensión de la provincia de Chubut de gravar con el impuesto sobre los Ingresos Brutos el 100% del petróleo extraído en su territorio. La decisión judicial frena el reclamo del fisco provincial, que exigía el pago de más de $50 millones en concepto de tributos omitidos durante el período 2003-2007, junto con una multa equivalente al 30% de ese valor.

El conflicto legal comenzó cuando la agencia de recaudación de Chubut intentó aplicar el impuesto sobre la totalidad de la producción, incluyendo los volúmenes de crudo que YPF trasladaba a la provincia de Buenos Aires para su refinación y posterior exportación. La empresa estatal, presidida por Horacio Marín, argumentó que liquidaba el gravamen tomando como base el valor “boca de pozo” del petróleo, excluyendo la proporción destinada a la industrialización y venta al exterior en otra jurisdicción, ya que dicho movimiento técnico no constituía una venta formal sino una etapa del proceso industrial.

El máximo tribunal, con las firmas de los ministros Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, respaldó la postura de la compañía y determinó que la exigencia de Chubut representaba una discriminación fiscal contra el comercio interjurisdiccional, lo cual contradice los principios de la Constitución Nacional. El fallo establece que si el petróleo extraído, industrializado y exportado desde la propia provincia de origen está exento de Ingresos Brutos por exportación, no corresponde gravarlo cuando atraviesa otra jurisdicción antes de su salida al mercado externo.

Especialistas tributarios señalaron que la resolución ratifica la doctrina histórica de la Corte contra las medidas fiscales provinciales que interfieren en el comercio entre provincias, lo que otorga mayor seguridad jurídica para los proyectos de inversión a largo plazo. Asimismo, el antecedente judicial podría impactar de manera directa en los criterios de distribución tributaria contemplados en el Convenio Multilateral para otras compañías del sector de hidrocarburos con operaciones interjurisdiccionales similares.