A través de la Resolución ENRE Nº 131/2023, el Interventor del ENRE, Walter Martello, requirió a EDESUR información sobre la cantidad de usuarios que sufrieron cortes de suministro entre el 1º y el 31 de diciembre pasado.
La distribuidora deberá calcular un resarcimiento para los usuarios residenciales perjudicados por interrupciones prolongadas y acreditarlo en la primera factura que la prestataria emita después de notificada esta Resolución.
EDESUR deberá identificar a los usuarios de la categoría T1R afectados, entre el 1º y el 31 de diciembre de 2022, por cortes de suministro que se hayan extendido por diez horas corridas o más, y facturarles un resarcimiento por cada interrupción constatada. Por cada corte cuya duración haya superado las 48 horas, la prestataria reintegrará $3.385.
La concesionaria deberá acreditar el resarcimiento total por usuario en la primera factura de servicio que emita una vez transcurridos veinte días administrativos a partir de la notificación de la Resolución ENRE Nº 131/2023. En esta liquidación deberán figurar, en forma desagregada, la mención expresa de la Resolución, el crédito determinado y, si el crédito excediera el importe a pagar, el saldo remanente (en este caso, quedará un crédito a favor del usuario para la próxima boleta emitida).
Asimismo EDESUR deberá informar a este Ente Nacional sobre el cumplimiento de la acreditación de los resarcimientos. Concretamente deberá consignar, para cada usuario identificado, el monto acreditado y la fecha de acreditación.
Del relevamiento solicitado quedan excluidas las siguientes interrupciones de suministro: aquellas de duración inferior o igual a tres minutos, aquéllas originadas por la realización de obras de inversión destinadas a mejoras de la calidad en redes de media y baja tensión, y aquéllas atribuibles a casos fortuitos y/o razones de fuerza mayor. La evaluación de los indicadores de calidad del servicio técnico excluye estas categorías de afectación del servicio eléctrico.