Corte ratificó que Colombia no puede prohibir que empresas extractivas deduzcan regalías

La Corte Constitucional rechazó la solicitud de nulidad presentada por el Ministerio de Minas y Energía de Colombia contra la sentencia C-489 de 2023 que declaró inexequible la prohibición de deducción de regalías del impuesto de renta a mineras y petroleras.

De acuerdo con la Corte, el Ministerio de Minas y Energía había solicitado declarar la nulidad de la sentencia C-489 de 2023 que declaró inexequible la prohibición de deducción de las regalías de la base gravable del impuesto de renta de los explotadores de recursos naturales no renovables.

Y es que, en opinión del Ministerio, la sentencia violaba el debido proceso por tres razones:

-Desconocimiento del precedente relativo al alcance del control de constitucionalidad y la facultad de limitar las deducciones en el impuesto de renta
-Incongruencia entre la parte motiva y resolutiva porque, a juicio del Ministerio, la Corte debió declarar la exequibilidad condicionada de la norma
-Omisión de decisión de asuntos con relevancia constitucional

En concepto del Ministerio, la Corte no consideró que la prohibición de deducción de las regalías garantizaba la integridad de las mismas prevista en el artículo 360 de la Constitución Política.

Fuente: valoraanalitik

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